Impagos, despidos, recortes… en Albacete a tutiplén

La «dizque» falta de liquidez de las entidades e instituciones públicas viene provocando una serie de graves retrasos en el abono de las nóminas de empleados/as que trabajan en empresas dependientes/contratistas del sector público, que se están agudizando las últimas semanas.

Por una parte, Las 90 trabajadoras («mileuristas») del Servicio de Ayuda a Domicilio que presta el Ayuntamiento de Albacete, a través de la empresa Iniciativas Sociales de Albacete SL, llevan sin percibir sus retribuciones salariales de los meses de mayo, junio y paga de verano, así como los atrasos y los pluses de bolsa de vacaciones. Se anuncia una convocatoria de huelga que afectará a 600 usuarios del servicio de ayuda a domicilio en Albacete, así como al servicio de limpieza que la misma empresa realiza en dependencias municipales como el servicio de empleo local y algunos institutos de Educación Secundaria de diferentes localidades.

En Asprona (asociación-empresa que trabaja con personas con discapacidad intelectual, 450 empleados) también están desde mayo sin cobrar y dependen de las subvenciones de la Junta.

La última, en la UCLM. Debido al recorte de la aportación de la Junta a la Universidad regional, desde la Gerencia anuncian la reducción en un 20% de las partidas dedicadas a limpieza y jardinería. Queda concretar cómo se producirá este recorte: Si reduciendo la plantilla en una quinta parte, o bajándoles el salario en un 20%; algo complicado ya que la mayoría del colectivo que trabaja en limpieza es «seiscientoseurista». Ésta última noticia es un ejemplo de cómo siempre recaen en los más indefensos y pobres (en este caso, el PAS, personal de administración y servicios) las inclemencias de las crisis económicas. Y suma y sigue.

Ante la proliferación de este tipo de situaciones, y más en concreto en los retrasos en el pago de nóminas, cabe señalar un par de datos:

1.- Que la empresa contratista, o ente de carácter público, no reciba en tiempo las cantidades convenidas con la Institución correspondiente (estatal, regional, provincial o local) no es óbice para que al trabajador no se le abone por obra ya realizada.

2.- Al margen de lo estipulado según convenio colectivo, como mínimo y ateniéndonos al Estatuto de los Trabajadores, según su artículo 29 «Liquidación y pago«: La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes. […] El interés por mora en el pago del salario será el diez por ciento de lo adeudado.

Nota final: a propósito del tan repetido mantra de que «no hay dinero» para lo público, no está de más recordar que al día el Estado español gasta casi 2 millones de euros en las guerras pre-fabricadas en Afganistán y Libia.

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