[Sindical] El Comité de Empresa como freno a la horizontalidad de la lucha obrera.

La Sección Sindical de la CNT-AIT en Rodenas y Rivera, sigue su lucha por conseguir el convenio colectivo que corresponde a su actividad laboral, a pesar de los obstáculos que está interponiendo el Comité de Empresa.

A continuación agrupamos la secuencia de hechos y comunicados, que relatan como el Comité de Empresa “tapona” el libre y horizontal desarrollo del derecho obrero.  

12 de Mayo.

Desde la Sección Sindical de CNT-AIT en la empresa Ródenas y Rivera SA, solicitamos al Comité de Empresa, la convocatoria de una ASAMBLEA GENERAL de trabajadoras y trabajadores, en la que la plantilla pueda discutir las cuestiones más importantes que les están afectando en este momento.

Hace tan solo un mes y medio, el Comité de Empresa publicó un COMUNICADO dirigido a la plantilla en el que se manifestaban dispuestos a convocar cuantas asambleas de trabajadores hicieran falta para discutir los aspectos y cuestiones de interés que surgieran en cada momento. Desde a Sección Sindical de CNT-AIT en la empresa, esperamos que el Comité de Empresa esté a la altura de las circunstancias.

Por ello, emplazamos al Comité de Empresa a que en el plazo de dos semanas convoque una ASAMBLEA de trabajadores y trabajadoras, a la que puedan acudir una parte importante de la misma. Solicitamos que junto a la CONVOCATORIA de la ASAMBLEA se incluya un ORDEN DEL DÍA con los siguientes asuntos:

1) Aplicación del XX Convenio Colectivo General de la Industria Química por parte de la empresa.

Desde la Sección Sindical de CNT-AIT solicitamos que se incluya un Punto en el Orden del Día para discutir, debatir y aclarar todo aquello que pueda ser confuso sobre la base del Convenio Colectivo que se debe aplicar en la regulación de las condiciones y retribución y derechos de la plantilla de Ródenas y Rivera SA.

2) Aplicación correcta de las categorías profesionales correspondientes al trabajo efectivo de la plantilla.

Solicitamos que se incluya un Punto en el Orden del Día para discutir sobre las Categorías Profesionales y Grupos de Cotización que la empresa no está respetando a las compañeras y compañeros, y alcanzar una estadística mucho más fiable de los incumplimientos en esta materia por parte de la empresa.

3) Posicionamiento de la plantilla ante el CUARTO TURNO.

Es necesario que la Plantilla valore y se posicione ante el CUARTO TURNO, con la intención de estudiar la situación de la plantilla ante la organización del trabajo por parte de la empresa, con la intención de hacérselo llegar a la empresa y sobre todo que nos permita estudiar las medidas a tomar por parte de la asamblea.

4) Mejoras, reparación y equipamiento en las Áreas de Trabajo.

Es conocido que muchos compañeros y compañeras llevan mucho tiempo solicitando a la empresa que facilite equipamiento técnico, reparación, instalación de equipos de manejo eléctrico de cargas, escaleras, extracción, ventilación, etc. Creemos que la plantilla debe exigir este equipamiento, discutirlo en la asamblea y presentar un pliego de reivindicaciones a la dirección de la empresa.

5) Análisis y evaluación, por parte de la plantilla, de la actuación del Comité de Empresa desde que se constituyó en las pasadas Elecciones Sindicales hasta el momento actual.

Desde la Sección Sindical de CNT-AIT en Rodenas y Rivera SA, hemos sido testigos de muchos compañeros y compañeras que han criticado la actuación del Comité de Empresa como representantes unitarios de los trabajadores. Es necesario que los trabajadores y trabajadoras puedan discutir sobre esto con el fin de tomar medidas en el futuro para garantizar la defensa de los derechos de las trabajadoras y trabajadores.

6) Fecha de la próxima ASAMBLEA de trabajadores y trabajadoras de la plantilla.

Es necesario que la ASAMBLEA DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE RÓDENAS Y RIVERA SA se convierta en un órgano de organización y decisión de la plantilla recurrente, que se convoque asiduamente, frente a la empresa y al margen del Comité.

Sección Sindical de CNT-AIT en Ródenas y Rivera SA

Publicamos el COMUNICADO del COMITÉ DE EMPRESA en respuesta a nuestra SOLICITUD DE CONVOCATORIA DE UNA ASAMBLEA DE TRABAJADORES.

Y publicamos también la CONTESTACIÓN DE NUESTRA SECCIÓN SINDICAL DE CNT-AIT AL COMITÉ DE EMPRESA.

13 de Mayo

COMUNICADO COMITÉ DE EMPRESA DE RÓDENAS Y RIVERA INFORMA:

1. Que el Comité de Empresa ha recibido un escrito remitido por una “sección sindical de CNT-AIT”, instándole a convocar una asamblea de trabajadores para tratar una serie de temas.

2. Que esta sección sindical carece de bases legales para representar a ningún trabajador de Rodenas & Rivera. Además de desconocerse quien conforma la supuesta sección sindical, ya que nadie firma esta solicitud. Indicar que este sindicato no tiene representación en el Comité de Empresa elegido por los trabajadores democráticamente, en el proceso de elecciones sindicales al que no concurrieron y que da soporte a la conformación de secciones sindicales en las empresas.

3. Que este comité de empresa no va a atender dicha solicitud, ni las exigencias de los remitentes o la remitente.

4. Aprovechamos la ocasión, para informar que por parte de este comité se ha solicitado a la dirección el registro retributivo de toda la plantilla, con el objetivo de preparar la reunión que se mantendrá previsiblemente en un par de semanas. En la que se abordarán la equiparación salarial de los trabajadores por categorías profesionales. La revisión de las categorías y la confección de un nuevo nomenclator de categorías que se ajusten a las funciones que se realizan en Rodenas & Rivera. Participación efectiva del comité de empresa en las decisiones que afectan a los trabajadores y trabajadoras según establece el Estatuto de los trabajadores en su artículo 63 y siguientes. Revisión del Plus transporte. Y la negociación de mejoras salariales para toda la plantilla.

Estabilización de los trabajadores con contrato temporal, entre otros temas. Del resultado de estas reuniones se os informará puntualmente, ya que este comité tiene bien definidos sus objetivos que no son otros que la mejora de las condiciones sociolaborales de todos y todas los trabajadores y trabajadoras de Rodenas & Rivera.

También queremos dejar claro a la plantilla que, sin renunciar a nada, tomaremos las decisiones previa consulta a la asamblea de trabajadores y trabajadoras de nuestra empresa. Igualmente, los acuerdos a los que se puedan llegar se someterán a la asamblea previamente para su refrendo.

Para finalizar indicar que este comité de empresa, aboga por el diálogo con la dirección de la empresa para acometer los grandes cambios necesarios en lo referente a la plantilla.

Por otro lado, quedamos a vuestra disposición para cualquiera aclaración o sugerencia.

LA UNIÓN HACE LA FUERZA

16 de Mayo.

CONTESTACIÓN DE LA SECCIÓN SINDICAL DE LA CNT-AIT EN RODENAS Y RIVERA AL COMUNICADO DEL COMITÉ DE EMPRESA PUBLICADO EL 14 DE MAYO 2022

Desde la Sección Sindical de CNT-AIT en la empresa queremos responder al COMUNICADO que el Comité de Empresa ha publicado, dirigido hacia nuestra Sección Sindical y al resto de laplantilla. Con esto queremos también aclarar algunas cuestiones que pensamos que el Comité de

Empresa no tiene demasiado claras.

1).- La Sección Sindical de CNT-AIT en Ródenas y Rivera SA es una Sección Sindical constituida legalmente por el Sindicato de Oficios Varios de Albacete de la CNT-AIT y comunicada a la dirección de la empresa.

2).-La Sección Sindical de CNT-AIT en Ródenas y Rivera SA no tiene ninguna pretensión de representar a nadie más que a los trabajadores y trabajadoras que están afiliados a nuestro sindicato y que forman parte de la asamblea de la Sección.

No sabemos hasta qué punto le ha quedado claro, o no, al Comité de Empresa que la CNT-AIT no se presenta a Elecciones Sindicales, no forma parte de Comités de Empresa, no tiene liberados sindicales, no disfruta de horas sindicales y no recibe subvenciones del Estado.

Por el contrario, la constitución de Secciones Sindicales no tiene nada que ver con la representación unitaria de los trabajadores. Las Secciones Sindicales son la representación del sindicato dentro de la empresa. La legitimidad legal la tienen los sindicatos, estén o no representados en el Comité de

Empresa, y los trabajadores de una empresa afiliados a ese sindicato. Solo representa a los trabajadores y trabajadoras que se encuentran afiliados al mismo.

La base legal para constituir Secciones Sindicales se encuentra recogida en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical. La Sección Sindical no aspira a representar a ningún trabajadorque no se encuentre representado en nuestra propia asamblea de la Sección.

Al contrario, el único que tiene la pretensión de representar a toda la plantilla es el Comité de Empresa y la representación unitaria de los trabajadores, que reciben la legitimidad de una Ley, envez, de recibirla de una asamblea de trabajadoras y trabajadores, incluso a pesar de que no les hayan votado o que directamente ni siquiera quisieran que les representaran.

3).- Por otra parte, la empresa sabe, y el Comité de Empresa debe saber, quien es la compañera que ocupa el cargo de delegada de la Sección Sindical de CNT-AIT en Ródenas y Rivera SA. Es lamentable que el Comité de Empresa venga ahora a jugar a ignorar o desconocer lo que es bien conocido por todos los trabajadores y trabajadoras dentro de la empresa.

Y más, cuando el Comité de Empresa ni siquiera firma su propio comunicado. Consejos vendo, que para mí no tengo.

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